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El INYM advirtió la plena vigencia de la 170

La solicitud de autorización al organismo tiene que ser presentada con una anticipación mínima de 30 días

(primeraedicionweb.com.ar) La solicitud de autorización al organismo tiene que ser presentada con una anticipación mínima de 30 días, indicando el punto GPS donde se efectuará la actividad. La normativa prevé sanciones a incumplidores.

El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) recordó a los productores del sector que “se encuentra en plena vigencia la Resolución 170/2021”, por lo cual deberán informar al organismo “antes de efectuar replantes o la incorporación de nuevas superficies”.

De acuerdo a lo que impone la Resolución, a partir de enero de este año “todos los productores inscriptos podrán incorporar hasta cinco hectáreas de nuevas plantaciones. Además, podrán implantar anualmente hasta el 2% de las superficies de yerbales ya existentes y declarados ante el INYM, y estarán habilitados para reponer todas las plantas secas o muertas dentro de un lote ya declarado, sin alterar la densidad original de la plantación”.

El productor que esté interesado en realizar nuevas plantaciones de yerba, replante o reposición, en el marco de lo establecido deberá cumplimentar con los siguientes requisitos:
 Estar inscripto en el Registro de Operadores del Sector Yerbatero en la categoría “productor”.
• Solicitar al INYM la autorización para realizar una nueva plantación de yerba mate, o replante en su caso, informando la superficie a implantar, con una anticipación mínima de 30 días.
 Indicar el punto GPS de la nueva plantación o replante.
 Presentar ante el INYM la autorización de ingreso de los funcionarios a la propiedad en la que se realizará la nueva plantación o el replante.

La misma 170 también determinó las sanciones y las multas que se aplicarán a los operadores cuando realicen nuevas plantaciones sin autorización del INYM o que superen la superficie autorizada.

El ente yerbatero destacó que se “busca hacer realidad una actividad yerbatera con la mayor cantidad de actores, competitiva, socialmente responsable, equitativa y ambientalmente sustentable, que ofrezca al mundo productos naturales, genuinos y de calidad, por lo que se propone una medida encaminada hacia ese objetivo”.

En ese sentido, “la Resolución 170 tiene como objetivo fortalecer la sustentabilidad del sector yerbatero, poniendo en un plano de igualdad a grandes, medianos y pequeños productores para que puedan desarrollar nuevas plantaciones. De esta manera, se incentiva el arraigo de miles de familias de pequeños productores en sus chacras y se promueve un equilibrio en la oferta y demanda del producto; en el marco de un modelo de inclusión social y equidad territorial, garantizando a los consumidores un producto de calidad”.

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