Aclaran que resolución de Agricultura publicada el jueves no modifica el funcionamiento del INYM ni avanza en la desregulación yerbatera
La secretaría de Agricultura de la Nación emitió una resolución (76/2024) que deroga doce resoluciones y disposiciones que el Gobierno nacional
(misionesonline.net) El titular de Agricultura de Nación, Sergio Iraeta, dejó sin efecto doce resoluciones y disposiciones adoptadas por sus antecesores de 2021 a 2023. Medios periodísticos de Misiones y Corrientes interpretaron esa medida como una suerte de confirmación de la quita de facultades del INYM dispuesta por el mega DNU de principios de año, lo que fue desmentido desde el instituto. “Se anularon dos laudos de precios de 2021 y 2022 que ya no estaban vigentes”, aclararon.
En lo que representó un nuevo paso en el camino hacia la desburocratización que propone la gestión de Milei, la secretaría de Agricultura de la Nación emitió una resolución (76/2024) que deroga doce resoluciones y disposiciones que el Gobierno nacional entiende que entorpecen el desarrollo de las actividades productivas.
Se trata de medidas que habían sido tomadas por la cartera de Agricultura entre 2021 y 2023, durante los mandatos de los exministros Luis Basterra y Julián Domínguez, y del exsecretario, Juan José Bahillo; con el campo durante el Gobierno de Alberto Fernández.
Entre las resoluciones derogadas figuran dos laudos de precios de la yerba mate, los de abril de 2021 y mayo de 2022, ambos desactualizados y fuera de vigencia. Con lo cual, la medida publicada en boletín oficial de ayer no modifica en nada al sector yerbatero ni al funcionamiento del Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM).
Pese a ello, algunos medios periodísticos de Misiones y Corrientes interpretaron la nueva resolución como una suerte de confirmación de lo dispuesto por el DNU 70 que le quitó al INYM sus facultades para arbitrar los precios de la materia prima.
Desde el instituto yerbatero salieron a desmentir esa interpretación. “En lo que respecta a la yerba mate, la resolución publicada ayer deroga dos laudos que ya no están vigentes. Por otra parte, la posibilidad del arbitraje de precios está contemplada en el art 4, inciso r de la Ley 25564 que creó el INYM y, al ser una ley, no se puede derogar por vía de resolución ministerial”, explicaron.
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