Dos de Mayo: no echaron al contador de “Coleco” condenado por corrupción
Carlos Arrúa fue condenado junto al exintendente de El Soberbio, Alberto “Coleco” Krysvzuk, como partícipe de graves hechos de corrupción y se le prohibió cualquier cargo público de por vida.
(primeraedicionweb.com.ar) Carlos Arrúa fue condenado junto al exintendente de El Soberbio, Alberto “Coleco” Krysvzuk, como partícipe de graves hechos de corrupción y se le prohibió cualquier cargo público de por vida. Los concejales presentaron varios pedidos de explicación.
La concejal renovadora de Dos de Mayo, Marcela Velázquez, denunció que el intendente Ricardo Weber no despidió a Carlos Germán Arrúa, sino que solamente lo suspendió por 30 días. El contador fue condenado por la Justicia por hechos de corrupción y como parte de la condena pesa sobre él una prohibición de volver a ocupar cualquier cargo público de por vida.
Según explicó Velázquez a PRIMERA EDICIÓN el Intendente faltó a la verdad porque había informado por escrito “el cese del contrato” pero resulta que ayer se cumplieron los 30 días y volvió a funciones.
Aclaró que insistirán con que sea despedido definitivamente ya que no puede tener ningún cargo público por haber sido condenado por graves hechos de corrupción, en una causa por desfalco a la Municipalidad de El Soberbio en la que también fue condenado el exintendente, Alberto “Coleco” Krysvzuk.
“Espero recibir una pronta respuesta a esta solicitud, ya que es de suma importancia para el ejercicio de mis funciones como representante de la comunidad, más teniendo en cuenta que el Intendente se pronunció ante este Concejo Deliberante de manera escrita, comunicando que había dado el cese del contrato y jamás nombró una suspensión del individuo en cuestión”, expresa el pedido de informe.
Caso omiso a la Justicia
Antes de tomar la decisión de suspenderlo y no echarlo, el Intendente solicita un dictamen jurídico y el abogado Fernando Andrés Acosta, indica por escrito que “a fin de arribar el dictamen de una resolución conforme a derecho, corresponde iniciar un sumario administrativo a fin de arribar a la verdad jurídica objetiva, reunir las pruebas correspondientes y con ello adoptar la resolución conforme a derecho que corresponda”.
“A tal fin debe designarse un instructor a cargo. No existiendo normativa específica para dicho trámite en el municipio, la norma que correspondería aplicar en forma supletoria es el Decreto 226/08 sobre el trámite de sumario administrativo que rige para el Poder Ejecutivo Provincial”, agrega el profesional.
Y sugiere que “mientras se cumple con el procedimiento a fin de lograr objetividad y transparencia en la decisión, es facultad del intendente disponer la suspensión del vínculo contractual laboral con el señor Arrúa por el plazo de 30 días, el que puede ser prorrogado por otro igual, hasta tanto se recaben todas las pruebas y se cumpla con el debido proceso legal. En caso de ser sancionado habrá que evaluar qué sanción se aplica pudiendo ser: apercibimiento, suspensión, cesantía y/o exoneración, y en caso de dictarse su sobreseimiento corresponderá el reintegro de los saberes”.
Este dictamen fue el que tuvo en cuenta el intendente Weber para decidir suspenderlo solamente por 30 días. Es evidente que no tuvo en cuenta el fallo de la Justicia, donde se le prohíbe de por vida volver a ocupar un cargo público.
Basado en el dictamen del abogado Acosta, el 2 de septiembre el intendente firma un decreto 104/24, donde expresa que “remitido el expediente a la asesora legal, corresponde conforme a las facultades del Ejecutivo Municipal, iniciar el correspondiente sumario administrativo a fin de investigar la verdad material del caso, brindarle oportunidad de defensa al implicado, todo ello a fin de resolver oportunamente conforme a derecho”.
Expresa también que “atento a lo dictaminado por el Dr. Fernando Andrés Acosta, corresponde suspender preventivamente en sus tareas a Carlos Germán Arrúa por el término de 30 días a partir de la notificación de la presente, se suspende el cumplimiento de sus funciones y se designa como instructor sumariante al señor Adrián Javier Ramírez, jefe de Patrimonio para que lleve a cabo la instrucción del sumario en el plazo de la ley”.
Nafta y máquinas viales
El origen del conflicto político entre el intendente Weber y la concejal Velázquez comenzó hace varios meses cuando el intendente compró una máquina vial por más de 200 millones de pesos sin autorización de los concejales, pero además puso a trabajar esa máquina en una propiedad suya, junto a otros camiones y empleados municipales.
Este hecho fue denunciado por la edil desatando la bronca del alcalde. Hubo otras denuncias por presuntas irregularidades que dinamitaron la relación.
La denuncia por el contrato del condenado Arrúa fue una de ellas. Pero además denunció irregularidades en la compra de combustible por parte del municipio a una empresa que era propiedad del propio intendente.
“Se está comprando combustible con dinero del Municipio a su propia empresa”, denunció Velázquez. Luego el intendente dijo que había cedido en comodato un surtidor pero la situación no fue aclarada del todo.
En la última sesión del miércoles 2 de septiembre, la concejal volvió a insistir con otro pedido de informe que fue acompañado por la mayoría de los concejales.
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