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Informaron que la derogación del Ruca no afecta a los registros del Inym

Desde el Instituto aclararon que lo establecido en la Ley 25.564, se encuentra vigente para toda persona que se dedique o integre la actividad yerbatera.

(elterritorio.com.ar) Desde el Instituto aclararon que lo establecido en la Ley 25.564, se encuentra vigente para toda persona que se dedique o integre la actividad yerbatera, con todas las obligaciones que surgen de sus disposiciones.

El Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym) informó al sector yerbatero que por resolución 32/2024 de la Secretaría de Bioeconomía, se derogó la exigencia de inscripción de los operadores yerbateros en el Registro Único De Operadores de la Cadena Agroalimentaria (Ruca). No obstante, aclararon que la derogación no afecta a los registros del Inym. “Por tal motivo, se informa a todos los operadores del sector yerbatero que los registros del Inym creados de conformidad a lo establecido en la Ley 25.564, se encuentran vigentes para toda persona que se dedique o integre la actividad yerbatera, con todas las obligaciones que surgen de sus disposiciones”, especificaron.

En otro orden de cosas, desde el Inym indicaron que en el marco del programa de Vigilancia Alimentaria que lleva adelante en convenio con el Ministerio de Salud Pública de Misiones, el área de Control y Gestión de Calidad del Instituto, se procedió a la destrucción de casi cuatro toneladas de yerba mate elaborada y envasada no apta para el consumo humano.

El producto había sido intervenido previamente y al practicarse los análisis correspondientes se determinó que no se ajustaba a los parámetros microbiológicos y fisicoquímicos adecuados. El procedimiento se realizó en un molino fraccionador ubicado en la zona de la Ruta Nacional 12 y estuvo a cargo de agentes del área de Control y Gestión de Calidad del Inym y del Ministerio de Salud Pública de Misiones.

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