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Reforma laboral: cómo es la nueva indemnización por despido, la opción de blanqueo y qué otros cambios entran en vigencia

El Gobierno reglamentó el capítulo laboral de la Ley Bases por medio de un decreto publicado en el Boletín Oficial.

(elterritorio.com.ar) El Gobierno reglamentó la reforma laboral de la Ley Bases y este jueves fue publicada por medio del decreto 847 en el Boletín Oficial. 
Hay nuevas reglamentaciones en torno a la indemnización por despido, la opción de blanqueo y otros cambios que entran en vigencia de ahora en más.

El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó que habrá tres formas para reemplazar el esquema actual de indemnizaciones, que seguirá vigente para quienes no acepten estar en un régimen opcional y también para personal fuera de convenio.

Cómo es la nueva indemnización por despido
La primera opción es de “cancelación individual”, donde se debe pagar por desvinculaciones según lo definido en un eventual acuerdo. “Desaparece el concepto diferencia de renuncia y despido”.

La segunda manera es la creación de un “fondo de cese”, que podría adoptarse con cuentas bancarias de cese laboral, Fondos Comunes de Inversión abiertos de cese laboral y fideicomisos de cese laboral. Y el tercer modelo implica la contratación de compañías de seguros para coberturas individuales o colectivas.

Cómo es la opción de blanqueo
Se podrá hacer el blanqueo de relaciones laborales no registradas o registradas de forma deficiente. Un caso puede ser solo con declaración parcial del salario o con declaración de una fecha de ingreso posterior a la original.

El nuevo reglamento señala que a las entidades sin fines de lucro y a las micro o pequeñas empresas se les condonará el 90% de la deuda por aportes y contribuciones.

En tanto, será del 80% para las compañías medianas y del 70% para las grandes. Además, por el pago al contado habrá un descuento del 50%.

Qué otros cambios entran en vigencia 
La figura del trabajador independiente que cuenta “con hasta otros tres trabajadores independientes para llevar adelante un emprendimiento productivo” no tendrá que existir relaciones de dependencia.

Por otro lado, la reforma laboral detalla la extensión del período de prueba de 3 a 6 meses, con posibilidad de que ese plazo sea, si hay acuerdo, de hasta 8 meses en las empresas de 6 a 100 trabajadores, y de hasta un año en las unidades de hasta 5 empleados.

Otro cambio está relacionado con la licencia por maternidad. Ahora se podrá optar por reducir el período previo al parto en un plazo de 10 días, antes era un plazo no inferior a los 30 días.

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