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Otro revés para el “Señor del Tabaco”: la Corte revocó el fallo que le permitía eludir impuestos

El Máximo Tribunal determinó que el tributo "le es exigible a la Tabacalera Sarandí SA, independientemente del resultado final del expediente".

(primeraedicionweb.com.ar)  La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una sentencia del fuero contencioso administrativo que le permitía a la Tabacalera Sarandí no pagar el impuestos a los cigarrillos (con el consiguiente perjuicio para el Fondo Especial del Tabaco, FET, y por extensión para Misiones) entretanto se resuelva un planteo de exención del mismo.

El Máximo Tribunal determinó ahora que el tributo “le es exigible a la Tabacalera Sarandí SA, independientemente del resultado final del expediente”.

La Corte entendió que la Cámara había consentido la elusión al menos momentánea del pago con su decisión, “en la práctica, ha inhibido potestades fiscales por un monto excepcionalmente elevado“.

El máximo tribunal explicó que “la normativa que implementó dicho impuesto motivó una serie de acciones judiciales por parte de diversas empresas tabacaleras, con el argumento central de que, al establecerse un piso mínimo elevado, las empresas de menor tamaño se encontrarían en inferioridad de condiciones para competir con las grandes“.

La Corte viene emitiendo desde fines de mayo fallos que dejan sin efecto medidas cautelares que frenaban el accionar del fisco para perseguir el cobro del impuesto interno al tabaco.

Hoy jueves, el máximo tribunal revocó un fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que “en la práctica, implicaba que la empresa no haría frente al tributo, hasta tanto la Corte se expidiera sobre la cuestión de fondo”.

La Corte, “sin que implique pronunciamiento sobre el fondo de la cuestión debatida”, modificó la situación de manera tal que el impuesto le es exigible a la tabacalera, independientemente del resultado final del expediente.

“Ya no queda pendiente ninguna medida preventiva, cautelar o de ejecución anticipada que tramite ante la Corte, que le impida al fisco determinar y percibir el tributo contra Tabacalera Sarandí S.A.”, resumió el tribunal.

Fuente: agencia Noticias Argentinas

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